02 2024

Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública Defensoría del Pueblo

Art. 7.- Difusión de la Información Pública.- Por la transparencia en la gestión administrativa que están obligadas a observar todas las instituciones del Estado que conforman el sector público en los términos del artículo 118 de la Constitución Política de la República y demás entes señalados en el artículo 1 de la presente Ley, difundirán a través de un portal de información o página web, así como de los medios necesarios a disposición del público, implementados en la misma institución, la siguiente información mínima actualizada, que para efectos de esta Ley, se la considera de naturaleza obligatoria:

Literal a4)_ Metas_objetivos_unid_administ

Literal_a1-Organigrama_de_la_institucion

Literal_a2-Base_legal_que_rige_a_la_institucion-

Literal_a3-Regulaciones_y_procedimientos_internos-

Literal_b1-Directorio_de_la_institucion-

Literal_b2-Distributivo_del_personal-

Literal_c-Remuneracion_mensual_por_puesto-

Literal_d) Los servicios que ofrece y las formas de acceder a ellos, horarios de atención y demás indicaciones necesarias, para que la ciudadanía pueda ejercer sus derechos y cumplir sus obligaciones

Literal_e-Texto_integro_de_contratos_colectivos_vigentes-1

Literal_g-Presupuesto_de_la_institucionENERO

Literal_h) Los resultados de las auditorías internas y gubernamentales al ejercicio presupuestal

Literal_i) Información completa y detallada de los procesos precontractuales, contractuales, de adjudicación y liquidación, de las contrataciones de obras

Literal_k)_Plan-progra_ejecENERO2024

Literal_l-Contratos_de_credito_externos_o_internos

Literal_n-Viaticos_informes_de_trabajo_y_justificativos-1-LOTAIP-VIATICOS

Literal_o-Responsable_de_atender_la_informacion_publica

Literal_s) Lor organismos seccionales, informarán oportunamente a la ciudadanía de las resoluciones que adopataren, SELENA SI