Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública Defensoría del Pueblo
Art. 7.- Difusión de la Información Pública.- Por la transparencia en la gestión administrativa que están obligadas a observar todas las instituciones del Estado que conforman el sector público en los términos del artículo 118 de la Constitución Política de la República y demás entes señalados en el artículo 1 de la presente Ley, difundirán a través de un portal de información o página web, así como de los medios necesarios a disposición del público, implementados en la misma institución, la siguiente información mínima actualizada, que para efectos de esta Ley, se la considera de naturaleza obligatoria:
Literal a4- Metas_objetivos_unid_administ(1)
Literal_a1-Organigrama_de_la_institucion-5
Literal_a2-Base_legal_que_rige_a_la_institucion-1
Literal_a3-Regulaciones_y_procedimientos_internos-5
Literal_b1-Directorio_de_la_institucion-5
Literal_b2-Distributivo_del_personal-5
Literal_c-Remuneracion_mensual_por_puesto-5
Literal_e-Texto_integro_de_contratos_colectivos_vigentes-1
Literal_f1-Formularios DICIEMBRE 2023(1)
Literal_f2-DICIEMBRE Formulario_solicitud(1)
Literal_g-Presupuesto_de_la_institucion
Literal_h Los resultados de las auditorías internas y gubernamentales al ejercicio presupuestal
Literal_j Un listado de las empresas y personas que han incumplido contratos con dicha institución
Literal_k_Plan-progra_ejecnov_2023_ok
Literal_l-Contratos_de_credito_externos_o_internos
Literal_n-Viaticos_informes_de_trabajo_y_justificativos-1-LOTAIP-VIATICOS