07 2023

Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública Defensoría del Pueblo

 

Art. 7.- Difusión de la Información Pública.- Por la transparencia en la gestión administrativa que están obligadas a observar todas las instituciones del Estado que conforman el sector público en los términos del artículo 118 de la Constitución Política de la República y demás entes señalados en el artículo 1 de la presente Ley, difundirán a través de un portal de información o página web, así como de los medios necesarios a disposición del público, implementados en la misma institución, la siguiente información mínima actualizada, que para efectos de esta Ley, se la considera de naturaleza obligatoria:

Literal_a1-Organigrama_de_la_institucion
Literal_a2-Base_legal_que_rige_a_la_institucion
Literal_a3-Regulaciones_y_procedimientos_internos
Literal_a4- Las metas y objetivos de las unidades administrativas de conformidad
Literal_b1-Directorio_de_la_institucion
Literal_b2-Distributivo_del_personal
Literal_c-Remuneracion_mensual_por_puesto
Literal_d- Los servicios que ofrece y las formas de acceder a ellos, horarios de atención
Literal_e-Texto_integro_de_contratos_colectivos_vigentes
Literal_f1-Formularios_o_formatos_de_solicitudes
Literal_f2-Formulario_solicitud_acceso_a_la_informacion_publica
Literal_g-Presupuesto_de_la_institucion
Literal_h-Los resultados de las auditorías internas y gubernamentales al ejercicio presupuestal
Literal_i Información completa y detallada de los procesos precontractuales
Literal_j-Empresas_y_personas_que_han_incumplido_contratos
Literal_k-Planes y programas de la institución en ejecución
Literal_l-Contratos_de_credito_externos_o_internos
Literal_M
Literal_n-Viaticos_informes_de_trabajo_y_justificativos-1-LOTAIP-VIATICOS
Literal_o-Responsable_de_atender_la_informacion_publica-1
Literal_s-Lor organismos seccionales, informarán oportunamente a la ciudadanía