Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública Defensoría del Pueblo
Art. 7.- Difusión de la Información Pública.- Por la transparencia en la gestión administrativa que están obligadas a observar todas las instituciones del Estado que conforman el sector público en los términos del artículo 118 de la Constitución Política de la República y demás entes señalados en el artículo 1 de la presente Ley, difundirán a través de un portal de información o página web, así como de los medios necesarios a disposición del público, implementados en la misma institución, la siguiente información mínima actualizada, que para efectos de esta Ley, se la considera de naturaleza obligatoria:
Literal_a1-Organigrama_de_la_institucion-5
Literal_a3-Regulaciones_y_procedimientos_internos-5
Literal_a4_ Metas_objetivos_unid_administ
Literal_b1-Directorio_de_la_institucion-5
Literal_b2-Distributivo_del_personal-5
Literal_c-Remuneracion_mensual_por_puesto-5
Literal_f1-Formularios agosto 2023
Literal_f2-Formulario_solicitud_acceso_a_la_informacion_publica (4)(1)
Literal_g-Presupuesto_de_la_institucion(1)
Literal_h) Los resultados de las auditorías internas y gubernamentales al ejercicio presupuestal
Literal_j-Empresas_y_personas_que_han_incumplido Agosto 2023
Literal_k)_Plan-progra_ejec-JUlIO_2023_ok
Literal_l-Contratos_de_credito_externos_o_internos(1)
Literal_n-Viaticos_informes_de_trabajo_y_justificativos-1-LOTAIP-VIATICOS