Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública Defensoría del Pueblo
Art. 7.- Difusión de la Información Pública.- Por la transparencia en la gestión administrativa que están obligadas a observar todas las instituciones del Estado que conforman el sector público en los términos del artículo 118 de la Constitución Política de la República y demás entes señalados en el artículo 1 de la presente Ley, difundirán a través de un portal de información o página web, así como de los medios necesarios a disposición del público, implementados en la misma institución, la siguiente información mínima actualizada, que para efectos de esta Ley, se la considera de naturaleza obligatoria:
Literal_a1- octubre Organigrama_de_la_institucion
Literal_a3 octubre-Regulaciones_y_procedimientos_internos
10 Literal_a2 OCTUBRE-Base_legal_que_rige_a_la_institucion
10 Literal_a4 OCTUBRE-Metas_y_objetivos_unidades_administrativas
10 Literal d. octubre LOTAIP 2020 Quins. 30-10-2020.omar
Literal_b2 octubre-Distributivo_del_personal – copia
Literal_c octubre-Remuneracion_mensual_por_puesto
10 Literal_e OCTUBRE-Texto_integro_de_contratos_colectivos_vigentes
10 Literal_j OCTUBRE-Empresas_y_personas_que_han_incumplido_contratos
10 Literal_k OCTUBRE-Planes_y_programas_en_ejecucion
10 Literal_o OCTUBRE-Responsable_de_atender_la_informacion_publica